DECRETO NÚMERO 1-2016
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de
conformidad con la Constitución Política de la República, Guatemala normará sus
relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y
prácticas internacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la
paz y la libertad al respeto y defensa de los derechos humanos, al
fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales
que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.
CONSIDERANDO:
Que de
conformidad con la Constitución Política de la República, el Estado mantendrá
relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo
desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el
propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de
formular conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones
respectivas.
POR TANTO:
En
ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 171 literal a) y I) de
la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio Suprimiendo la exigencia de
Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, hecho en La Haya el 5 de
octubre de 1961.
ARTICULO 2. El Ministerio de Relaciones Exteriores será la autoridad
designada por el Estado de Guatemala, como la competente para la aplicación del
presente Convenio.
ARTICULO 3. El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación en el Diario Oficial.
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y
PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA,
EL DIECINUEVE DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS.
MARIO TARACENA DÍAZ-SOL
PRESIDENTE
LUIS ALBERTO CONTRERAS COLÍNDRES
SECRETARIO
OSCAR STUARDO CHINCHILLA GUZMÁN
SECRETARIO
PALACIO
NACIONAL: Guatemala, quince de febrero del año dos mil dieciséis.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MORALES CABRERA
CARLOS RAÚL MORALES MOSCOSO
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
CARLOS ADOLFO MARTÍNEZ GULARTE
SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
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